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Salud Responde
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Ley 19.880
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Ley 15.076
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Ley 19.628
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Ley 19.650
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Ley 19.862
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Ley 19.451
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Ley 19.779
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Ley 20.120
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Resolución 1551
DETERMINA COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCCION DE DOCUMENTOS SOLICITADOS EN VIRTUD DE LOS DISPUESTO POR LA LEY 20.285 SOBRE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA
Resolución 1383
MODIFICA RESPONSABLES DE PROVISION DE INFORMACION PARA LA TRANSPARENCIA DEL SERVICiO DE SALUD VALPARAISO SAN ANTONIO
Resolución 164 - Costos de reproducción
DETERMINA LOS MONTOS A COBRAR DIRECTOS DE REPRODUCCION DE DOCUMENTOS SOLICITADOS EN VIRTUD DE LO DISPUESTO POR LA LEY 20.2A5 SOBRE ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA
Resolución 2037 - Gestion Documental
ESTABLECE LAS BASES PARA LA GESTION DOCUMENTAL LEY N" 20.285, DEL SERV]CIO DE SALUD VALPARAISO SAN ANTONIO
Procedimiento publicación de información ley 20.285
PROCEDIMIENTO PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN LEY 20285
Res Nº 5411 11.12.2009
ENCOMIENDA A LOS DIRECTIVOS LA FUNCION QUE SE INDICA Y CONTITUYE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA LEY NO 20.285 EN EL SERVICIO DE SALUD VALPARAISO-SAN ANTONIO
RES Nº 1372 -17-04-09
FIJA RESPONSABLES DE LA PROVISIÓN DE INFORMACIÓN PARA LA TRANSPARENCIA DEL SERVICIO DE SALUD VALPARAÍSO SAN ANTONIO.
ORD. Nº 412
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Oficio n°1220 Transparencia Activa SEGPRES
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Oficio N°870 Transparencia Activa SEGPRES
PDF:1,80MB
Oficio N°2351 Minsal
PDF:4,09MB
Ley 20.285
Gestión de Solicitudes
Gestión Documental
Ley de Transparencia
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Díptico informativo
PDF; 184 KB
Guía Operativa Gestión de Solicitudes a Información Pública
PDF;859 KB
Principales aplicaciones de la ley 20.285
Balance Ley de Transparencia Julio
Doc.Word; 107 KB
Cómo solicitar información
Doc.Word; 106 KB
Causales de Secreto o Reserva
Doc.Word; 107 KB
Plazos y Entrega de Información
Doc. Word; 106 KB
Portada / Inf. Pública/ Ley de Transparencia
Servicio de Salud Valparaíso San Antonio camina junto a la transparencia

La entrada en vigencia de la Ley 20.285 este lunes 20 de abril, obligó al Servicio de Salud Valparaíso San Antonio desarrollar todas las acciones necesarias para cumplir con este nuevo requerimiento legal, para ello se constituyó el 25 de noviembre de 2008 el equipo de trabajo de implementación de esta ley, que desde entonces y a la fecha ha mantenido la coordinación con los establecimientos de salud para el desarrollo de este cometido, trabajando en distintas áreas de acción como el ámbito presencial en la Red a través de las Oirs, en el soporte tecnológico (portal web), en la Gestión Documental y en la difusión de los contenidos de la Ley en los establecimientos del SSVSA.
La nueva legislación consagra el principio de transparencia en la función pública, en cuanto a respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos y documentos de los órganos estatales, y en facilitar el acceso de cualquier persona a esa información, a través de los medios y procedimientos que establezca la normativa.
De esta forma, toda la información relacionada con las funciones, competencias y responsabilidades de los órganos del Estado, deberán estar a disposición permanente del público en forma material y de manera virtual en los sitios electrónicos respectivos.
Junto con las facultades, funciones y atribuciones de cada institución, deberán publicarse antecedentes tales como el detalle de la planta funcionaria y del personal a contrata y a honorarios, junto con sus respectivas remuneraciones; las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, junto con las empresas contratistas a cargo, especificando las identidades de los socios y accionistas principales de dichas firmas.
Ministerios, intendencias, gobernaciones, gobiernos regionales, municipalidades, Fuerzas Armadas y de Orden, órganos y servicios públicos en general, estarán sometidos a las exigencias de la nueva ley que se enmarca en la llamada Agenda de Probidad impulsada por el Gobierno, con miras al Bicentenario de nuestra nación.

TRANSPARENCIA ACTIVA
Esta obligación de los organismos estatales de hacer públicos todos sus actos y documentos es conocida como transparencia activa, y en el sitio web de nuestro Servicio de Salud www.ssvsa.cl se encontrará disponible a través del banner del Gobierno Transparente, donde se publicarán antecedentes tales como el detalle de la planta funcionaria y del personal a contrata y a honorarios, junto con sus respectivas remuneraciones; las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios, las normativas y resoluciones.

TRANSPARENCIA PASIVA
Esta nueva ley también impone al aparato estatal exigencias en cuanto a la transparencia pasiva, es decir, que toda persona tendrá derecho a solicitar información de cualquier institución pública, las que tendrán a su vez, el deber de entregarla, salvo en algunos casos excepcionales enumeradas en las denominadas Causales de Reserva. Estas solicitudes las podrán realizar nuestros usuarios en forma presencial a través de nuestras Oirs y también en forma virtual a través de nuestra página web ingresando al banner Sistema de Solicitud de Información (implementado por la Segpres); asimismo estará disponible el banner de la Oirs para que los usuarios puedan bajo esta modalidad manifestar sus reclamos, felicitaciones y sugerencias.
Al no cumplir con los requerimientos de información, los servicios públicos podrán ser denunciados por los ciudadanos ante el Consejo para la Transparencia, entidad creada por esta ley, como un organismo autónomo con facultades fiscalizadoras y sancionatorias, que velará por el cumplimiento de la norma y aplicará las sanciones correspondientes.
De ahí la importancia que tiene el seguimiento a cada una de las solicitudes que tanto en forma presencial, por escrito y virtual puedan efectuar nuestros usuarios.
De esta manera el Servicio de Salud Valparaíso San Antonio está contribuyendo a construir un Estado moderno, un Estado eficiente que es capaz de implementar una Ley de Transparencia, con la cual Chile se pone a la altura de los países cuyas administraciones públicas dan cuenta en detalle sobre su accionar.


SERVICIO DE SALUD VALPARAISO SAN ANTONIO 
AVENIDA BRASIL 1435 VALPARAISO
Teléfonos Mesa Central: (32) 2576550 - 2576551 - 2576552